Priorizar los riesgos laborales: establecer un orden de intervención de acuerdo a su nivel de peligro. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de acuerdo con lo dispuestos en el apartado 3 del artículo 5 del Existente Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se https://bobj554aqh3.bloggerchest.com/profile